PERIODO 07/07-/2015 al 30/09/2015
He realizado una Revisión de la Rendición de Cuentas correspondiente a los fondos recibidos del Ministerio de Desarrollo Social y aplicados por el proyecto “Consultorios jurídicos especializados en temas de familia” en el período 07-07- 2015 al 30-09- 2015 de acuerdo al Pronunciamiento Nº 20 del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay.
El saldo inicial del periodo es de 0 (pesos uruguayos: cero). El total de los fondos ejecutados asciende a la suma de 935.740 (pesos uruguayos: novecientos treinta y cinco mil setecientos cuarenta), el saldo pendiente de ejecución asciende a 2:076.162 (pesos uruguayos: dos millones setenta y seis mil ciento sesenta y dos). Dicho saldo se encuentra a disposición del proyecto en la Caja de ahorros en pesos nro 179 – 1756544 de la sucursal 19 de Junio del BROU.
Adicionalmente, se informa que en el periodo de rendición, se recibieron fondos por parte del Ministerio por la suma de 3: 011.902 (pesos uruguayos: tres millones once mil novecientos dos).
Dicha Rendición de Cuentas constituye una afirmación de la Dirección de la entidad sobre la totalidad de los fondos a rendir cuentas, según el Convenio de referencia en ese período y de todas las aplicaciones efectuadas.
Los comprobantes rendidos han sido inutilizados para cualquier otro proyecto.
La revisión fue realizada siguiendo las Normas Internacionales aplicables a los trabajos para atestiguar y los Pronunciamientos del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay y no constituye un examen de Auditoría, de acuerdo a Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas para emitir un Dictamen. Dicha rendición también cumple con las disposiciones de la Ordenanza Nº 77 del Tribunal de Cuentas de la República y normas establecidas por la Contaduría General de la Nación.
Esta revisión incluyó el cotejo de una muestra representativa de la documentación original de ingresos y egresos de fondos. De acuerdo con la revisión y procedimientos aplicados, no tengo evidencia de que se deban realizar modificaciones significativas al informe referido, para que el mismo refleje adecuadamente los fondos recibidos y aplicados según el convenio referido, establecido en Resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 16 de enero de 2013 y en Resolución de Presidencia de la República
de fecha 18 de febrero de 2013.
Mi relación con la Entidad es de profesional independiente.
Lugar y fecha de emisión Montevideo, ocho de Enero de 2016
Fernando HANA (C.P. 67280)
Contador Público
PERIODO 01/10-/2015 al 31/12/2015
He realizado una Revisión de la Rendición de Cuentas correspondiente a los fondos recibidos del Ministerio de Desarrollo Social y aplicados por el proyecto “Consultorios jurídicos especializados en temas de familia” en el período 01-10- 2015 al 31-12- 2015 de acuerdo al Pronunciamiento Nº 20 del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay.
El saldo inicial del periodo es de 2:076.162 (pesos uruguayos: dos millones setenta y seis mil ciento sesenta y dos). El total de los fondos ejecutados asciende a la suma de 1:020.829 (pesos uruguayos: un millón veinte mil ochocientos veintinueve), el saldo pendiente de ejecución asciende a 1:055.333 (pesos uruguayos: un millón cincuenta y cinco mil trescientos treinta y tres). Dicho saldo se encuentra a disposición del proyecto en la Caja de ahorros en pesos nro 179 – 1756544 de la sucursal 19 de Junio del BROU.
Dicha Rendición de Cuentas constituye una afirmación de la Dirección de la entidad sobre la totalidad de los fondos a rendir cuentas, según el Convenio de referencia en ese período y de todas las aplicaciones efectuadas.
Los comprobantes rendidos han sido inutilizados para cualquier otro proyecto.
La revisión fue realizada siguiendo las Normas Internacionales aplicables a los trabajos para atestiguar y los Pronunciamientos del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay y no constituye un examen de Auditoría, de acuerdo a Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas para emitir un Dictamen. Dicha rendición también cumple con las disposiciones de la Ordenanza Nº 77 del Tribunal de Cuentas de la República y normas establecidas por la Contaduría General de la Nación.
Esta revisión incluyó el cotejo de una muestra representativa de la documentación original de ingresos y egresos de fondos. De acuerdo con la revisión y procedimientos aplicados, no tengo evidencia de que se deban realizar modificaciones significativas al informe referido, para que el mismo refleje adecuadamente los fondos recibidos y aplicados según el convenio referido, establecido en Resolución del Tribunal de Cuentas de fecha 16 de enero de 2013 y en Resolución de Presidencia de la República
de fecha 18 de febrero de 2013.
Mi relación con la Entidad es de profesional independiente.
Lugar y fecha de emisión Montevideo, ocho de Enero de 2016
Fernando HANA (C.P. 67280)
Contador Público